Las fechas seleccionadas corresponden para el mismo día, por politicas del servicio uno de nuestros asesores lo asistirá personalmente.
Ver otras fechasLa información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reserva el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.
Los ciudadanos colombianos que viajen a Barbados en calidad de turista, con una estadía menor a 90 días, no necesitan visa, sólo deben presentar:
REQUISITOS PARA EL INGRESO COMO TURISTA:
Pasajeros con una confirmación de reservación de crucero no necesitan una visa para una estadía máxima de 24 horas.
Pasajeros menores de 18 años que viajan a Barbados:
a. no acompañados, deben tener una carta de consentimiento de un padre/madre/tutor legal firmada y sellada por un notario público. La carta/formulario debe indicar la duración de la estadía e identificar a un adulto autorizado que recibirá al niño al llegar y debe tener los datos de contacto de esta persona.
b. con un adulto que no sea el padre/la madre/el tutor legal, debe tener una carta de consentimiento de un padre/la madre/el tutor legal firmada y sellada por un notario público. La carta debe indicar la duración de la estadía, debe identificar al adulto acompañante y debe tener la dirección y el número de teléfono de esta persona. La carta también debe identificar a un adulto autorizado, que recibirá al niño a su llegada si es diferente de la persona acompañante, y debe tener la dirección y el número de teléfono de esta persona.
Los pasajeros deben completar un “formulario de inmigración/aduanas” antes de la salida en www.travelform.gov.bb/es
Días festivos 2025: Enero 01 - 21, Abril 18 - 21 - 28, Mayo 01, Junio 09, Agosto 01 - 04, Diciembre 01 - 25 - 26.
La información debe reconfirmarse permanentemente por la página web del consulado, debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.
Actualizado y revisado Febrero 2025.