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Convenio Waiver 

Un ciudadano de cualquiera de los siguientes países, no necesitan visa de TURISMO/NEGOCIOS (B1-B2), siempre y cuando permanezcan en Estados Unidos, por menos de 90 días. 

Alemania
Nueva Zelandia
Noruega
Portugal
Reino Unido
San Marino
Singapur
Suecia
Suiza
Rep. de Malta
Rep. Checa
Eslovaquia

Andorra
Australia
Austria
Bélgica  
Brunei
Dinamarca
Eslovenia
España
Finlandia
Hungria
Latvia
Lituania

Francia
Países Bajos
Irlanda
Islandia
Italia
Japón
Liechtenstein
Luxemburgo
Mónaco
Corea del Sur
Estonia - CHILE
Grecia - Taiwan

excención de visa de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza

Según la agencia Visab1b2, son 40 los países en el mundo los que tienen esta garantía. En estos casos, los ciudadanos no deben presentar su certificado y pueden quedarse hasta por 90 días en Estados Unidos para viajes de turismo y negocios.

En el listado se encuentran: Andorra, Australia, Alemania, Austria, Bélgica, Brunei, Chile, Corea del Sur, Croacia, Dinamarca, España, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein Lituania, Luxemburgo y Malta. 

Asimismo, Mónaco, Nueva Zelanda, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, San Marino, Singapur, Suecia, Suiza y Taiwán. 

Sistema electrónico para la autorización de viaje (ESTA, por su sigla en inglés). 

Los viajeros internacionales que pretenden viajar a Estados Unidos bajo el Programa de exención de visa (VWP) ahora están sujetos a mayores requerimientos de seguridad y se les pedirá que paguen una tarifa administrativa. Todos los viajeros elegibles que deseen viajar a Estados Unidos bajo el Programa de exención de visa deben presentar una solicitud para obtener la autorización y luego pagar la tarifa utilizando el siguiente proceso:

  • Paso 1: Complete su postulación.
  • Paso 2: Envíe su postulación.
  • Paso 3: Anote su número de solicitud.
  • Paso 4: Realice el pago.
  • Paso 5: Vea el estatus de su solicitud.  

Antes de iniciar esta postulación, asegúrese de que dispone de un pasaporte y una tarjeta de crédito válidos. Esta postulación aceptará sólo las siguientes tarjetas de crédito: MasterCard, VISA, American Express, y Discover. 

Enlace para realizar el proceso    https://esta.cbp.dhs.gov/

. 

A continuación encuentra la información referente a la tarifa administrativa que deben cancelar las personas que viajen a los Estados Unidos bajo el programa de exención de visa: 

La Ley de Promoción de Viajes 2009

El 4 de marzo del 2010, el presidente Obama promulgó la Ley de Promoción de Viajes (TPA) del 2009, Pub. L. No. 111-145. La Ley instruye a la Secretaria de Seguridad Nacional para que establezca una tarifa por el uso del sistema ESTA, que consiste en US$10,00 por cada candidato al VWP que reciba autorización a viajar hacia Estados Unidos, y en US$4,00 por el procesamiento de la solicitud ESTA. A los candidatos a quienes se niegue la autorización para viajar a Estados Unidos bajo el VWP sólo se les cobrará US$4,00. La tarifa sólo se puede pagar con tarjeta de crédito. Los candidatos pueden guardar los datos de la solicitud y volver a la solicitud posteriormente para ingresar la información de pago. Sin embargo, la solicitud no será enviada a procesamiento hasta que se complete toda la información de pago. 

Advertencias:  

  • La tarifa administrativa se cobrará por tarjeta de crédito. Es crucial que todos los candidatos ingresen su información ESTA y de tarjeta de crédito con precisión.
  • Si la información se ingresa incorrectamente, es posible que se cobren tarifas adicionales al candidato por volver a enviar la solicitud.
  • Las actualizaciones de una solicitud no elevan el valor final de la tarifa a pagar.
  • Los candidatos que no completen el proceso de pago no recibirán autorización para viajar a Estados Unidos y no se les permitirá embarcar a ningún avión o barco con destino a Estados Unidos.
  • Si un candidato detiene el pago de la tarifa, su autorización para viajar a Estados Unidos será revocada. El CBP no es responsable de las tarifas adicionales que puedan ser cobradas por la empresa emisora de la tarjeta de crédito del candidato en virtud de la transacción.
  • Al presionar el botón "Postular" en el proceso de solicitud, los candidatos aceptan que no impugnarán ninguna tarifa administrativa cobrada por el CBP por el uso del sistema ESTA y que, además, reconocen que no hay reembolsos.
  • Adicionalmente, quienes anteriormente hayan permanecido más tiempo del permitido en Estados Unidos, no califican para el programa de exención de visa. Si el propósito del viaje es estudio o trabajo, deberá solicitar la visa respectiva. "El convenio Waiver sólo aplica para vuelos comerciales; el pasajero que viaje en avión privado debe poseer visa vigente".
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