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PAÍSES QUE EXIGEN VISA A COLOMBIANOS

Solicitud de movimiento migratorio 

Unidad Administrativa Especial de Migración en Colombia

Dirección: Calle 100 No 11B-27 Edificio Platinum.
Teléfono: 6055454
Página Web: www.migracioncolombia.gov.co
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a.m a 4:00 p.m. en Jornada continua 

 

Enlace para ingresar a la página https://www.migracioncolombia.gov.co/cedula-de-extranjeria/certificacion-de-movimientos-migratorios-cmm

 

 

Certificado de Movimientos Migratorios con información de 1 a 5 años

Ciudadano nacional o extranjero, ten en cuenta los siguientes requisitos y pasos para solicitar tu certificado de movimientos migratorios:

¿ Debes ser titular de los movimientos migratorios.

¿  Diligencia el Formulario Único de Trámites (FUT) y adjuntar un archivo PDF con la imagen del documento de identificación o de viaje (cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad, registro civil de nacimiento, pasaporte o documento nacional de identidad con el que ingreso al país).

¿  Realiza el pago de tu certificado en línea a través de PSE . El valor del certificado es: $ 75.000 m/l.

* Si en el transcurso de las 24 horas siguientes a la terminación del  Formulario Único de Trámites (FUT)  no ha  recibido en su correo el link para el pago, deberás acercarce al Centro Facilitador de Servicios Migratorios más cercano con el Código Único de Trámites (CUT), para que allí se te expida el recibo de pago con código de barras. 

Después de realizar el pago, la entrega se hará en tres (3) días hábiles , de la siguiente manera:

¿  Si eres colombiano , podrás recibirlo a través de correo electrónico SI apruebas la validación de identidad.  En caso de NO superar la validación, podrás acercarte al centro facilitador. No se requiere agendar cita , pero para reclamar el certificado debes llevar documento de identificación en original y vigente.

¿  Si eres Extranjero , deberás acercarte al centro facilitador de servicios migratorios seleccionado para reclamar el certificado de movimientos migratorios.  No se requiere agendar cita para reclamarlo , pero para reclamar el certificado debes llevar documento de identificación en original y vigente.

*  En caso de presentarse incongruencias en la información en el certificado de movimientos, el titular contara con un plazo máximo de 10 días calendario contados a partir de la recepción o entrega del documento a fin de solicitar su aclaración y/o corrección. Vencido el plazo el titular deberá tramitar y pagar una nueva solicitud.

 

Certificado de Movimientos Migratorios con información de más de 5 años

Ciudadano nacional o extranjero, ten en cuenta los siguientes requisitos y pasos para solicitar tu certificado de movimientos migratorios:

¿ Debes ser titular de los movimientos migratorios.

¿  Diligencia el Formulario Único de Trámites (FUT) y adjuntar un archivo PDF con la imagen del documento de identificación o de viaje (cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad, registro civil de nacimiento, pasaporte o documento nacional de identidad con el que ingreso al país).

¿  Agenda tu cita : preséntate en la fecha y hora asignada.

¿ Realiza el pago de tu certificado. El valor del certificado es 75.000 y puedes pagarlo:

- Directamente en el Centro Facilitador de Servicios Migratorios con tarjeta débito, crédito o a través de recibo con código de barras.  *No se acepta dinero en efectivo.

¿ La entrega del certificado de movimientos migratorios es de forma inmediata, luego de haber realizado el pago.             

*  En caso de presentarse incongruencias en la información en el certificado de movimientos, el titular contara con un plazo máximo de 10 días calendario contados a partir de la recepción o entrega del documento a fin de solicitar su aclaración y/o corrección. Vencido el plazo el titular deberá tramitar y pagar una nueva solicitud.

 

  • Requisitos para la entrega

¿ Para el Titular del certificado: Original del documento de identificación. 

¿ Para el Pariente del titular o su cónyuge: Original del documento de identificación del pariente del titular o cónyuge del titular, y registro civil o documento que demuestre el parentesco o la relación. 

¿ Por el Apoderado especial para solicitar o reclamar el certificado a nombre del titular del trámite: Original del documento de identificación del apoderado, y poder especial debidamente constituido para solicitar o reclamar el certificado. 

* Los poderes especiales no procederán para la solicitud y entrega de certificados cuando el ciudadano colombiano requiera que se le certifique de un ascendiente hasta cuarto grado de consanguinidad que haya adquirido o no la nacionalidad colombiana, cuando el titular del dato se encuentre fallecido. 

  • Ten en cuenta
¿ Los Certificados de Movimientos Migratorios expedidos a menores de dieciocho (18) años, podrán ser reclamados en el Punto de Atención de Trámites de Extranjería seleccionado al momento de diligenciar el Formulario Único de Trámites (FUT) por el padre, madre o el representante legal del menor, quienes deberán demostrar su parentesco y/o la representación legal, según sea el caso.

¿ El titular del trámite, su pariente, el (la) cónyuge o compañero(a) permanente o un tercero que cuente con un poder especial debidamente constituido, tendrá un plazo máximo de sesenta (60) días calendario para reclamar el documento. Una vez expedido y en caso de no reclamarse en dicho término, el documento será anulado y el titular deberá tramitar y pagar un nuevo certificado.

 

¿Cómo solicitar registro de movimientos migratorios anteriores a 1990? 

Los movimientos migratorios antes del año 1990 y requieran ser certificados por su titular, deberán ser solicitados por escrito ante el centro facilitador de servicios migratorios (CFSM), más cercano y radicados en la ventanilla de radicación, para la reconstrucción de la información migratoria deberá anexar fotocopia de los documentos tales como: pasaporte, sellos, tiquetes, entre otros o información que permita demostrar dichos movimientos. 

•    Si NO es posible la reconstrucción de la información pese a los tramites efectuados, se dejará constancia de ello dando respuesta negativa (mediante acto administrativo) o, en su defecto, se evaluará si lo recaudado es suficiente para hacer la inclusión de la información en la base de datos, adicionalmente, cuando haya perdida parcial de la información o expediente que impida el suministro de información o contestación de la solicitud se dejara constancia mediante acto administrativo. 

•    Para la entrega de los Certificados de Movimientos Migratorios cuando el ciudadano colombiano además de solicitar sus movimientos migratorios requiera que se le certifique de un ascendiente hasta cuarto grado de consanguinidad que haya adquirido o no la nacionalidad colombiana, el término será el establecido en el numeral 1, artículo 14 de la Ley 1755 de 2015, con las excepciones que establece dicha norma. 

  • Tiempo de entrega
La respuesta a la solicitud aquí prevista dependerá de la duración de la reconstrucción de la información migratoria, atendiendo lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015, con las excepciones que establece dicha norma. 

 

Actualizado y revisado Febrero de 2024

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