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PAÍSES QUE EXIGEN VISA A COLOMBIANOS

Pasaporte Colombiano 

Ministerio de Relaciones Exteriores:
Dirección Sede Norte: Avenida 19 No 98 - 03 Edifico Torre 100B.
Teléfonos: 601382 6999 - 601381 4000.
Fax: 601640 5997.

Dirección Sede Centro : Calle 12C # 8-27 

Horarios: Lunes a viernes de 7:30 am a 3:00 pm. Último día del mes 7:30 am a 12:00 m.
Página Web: www.cancilleria.gov.co   

En el territorio colombiano se podrá obtener el Pasaporte en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicadas en la ciudad de Bogotá o en las Gobernaciones autorizadas para ello.

En el exterior a través de los Consulados acreditados, quienes son los únicos entes oficiales autorizados para expedir los pasaportes a los colombianos que necesitan ingresar al país o renovar este documento. 

Antes de solicitar su pasaporte, revise si cumple con los requisitos para su expedición. Consulte en el menú ubicado al lado izquierdo de su pantalla los requisitos para la solicitud del pasaporte, los costos y los lugares a los cuales puede dirigirse.

Nota: De conformidad con el Artículo 34 de la ley 2332 de 2023, el nacional colombiano que posea doble nacionalidad en Colombia, se someterá a la Constitución Política y la legislación colombiana. Su ingreso, permanencia y salida deberá hacerlo siempre en calidad de colombiano, debiendo identificarse como tal en todos los actos civiles y políticos que realice.

 

Debe tener en cuenta

  • El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aceptar o tramitar solicitudes con documentos en mal estado, deteriorados, imposibles de leer, con daños o algún tipo de alteración.
  • Al recibir el pasaporte, comprobar que los datos biográficos impresos no tengan errores. En el caso de presentarse algún error o incongruencia en la hoja de datos del pasaporte, el titular contará con un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de entrega del documento, para solicitar la reposición del pasaporte.
  • No existirán modificaciones ni rectificaciones en los pasaportes. En caso de presentarse alguna modificación o rectificación en la identidad del solicitante, este deberá adquirir un nuevo pasaporte a su costo.
  • Ningún ciudadano colombiano podrá ser titular de más de un pasaporte colombiano vigente, excepto cuando al solicitante se le autorice una libreta de pasaporte de emergencia.

Entrega de pasaporte

  • Para los mayores de edad, la entrega del pasaportes se hace personalmente, el titular deberá presentar la  cedula de ciudadanía vigente, contraseña o  documento en trámite  de  cédula de ciudadanía.
  • Para los menores de edad el pasaporte se entregará al padre, madre, representante legal o apoderado quien  adelantó el trámite con el menor. Esta persona deberá identificarse con cedula de ciudadanía vigente, contraseña o documentos en trámite de la cédula de ciudadanía y deberá presentar Tarjeta de Identidad o Registro Civil de Nacimiento del menor.

Tiempo de entrega

De acuerdo con los tiempos establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, la entrega de pasaportes es:

 

• Bogotá:  24 horas
• Gobernaciones:  48 horas
• Consulados de Colombia en el exterior 8 días hábiles, en este caso dependerán de las medidas de movilidad, transporte de carga internacional y cuarentena que se adopten por autoridades competentes en cada país en el marco de la pandemia de Covid-19.

 

Para realizar el trámite de solicitud del pasaporte colombiano de lectura mecánica es necesario cumplir los siguientes requisitos: 

  • Diligenciar el formulario de solicitud, personalmente o por internet en la página web www.pasaportes.gov.co
  • Para mayores de edad, presentar original de la cédula de ciudadanía (nueva cédula). En los casos en que el solicitante del pasaporte no cuente con la cédula de ciudadanía en formato válido, se permitirá la solicitud del mismo teniendo como documento base de expedición la contraseña acompañada del pasaporte anterior.
  • Para menores de edad, presentar copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento expedido por la misma oficina de inscripción y Tarjeta de Identidad si la tuviese. Los menores de edad, deberán ir acompañados de uno de sus padres, del representante legal o de un tercero autorizado por cualquiera de los anteriores, quien adjuntará fotocopia del documento que acredite esa calidad.
  • Presentar pasaporte anterior, en caso de tenerlo.
  • La fotografía del titular del nuevo pasaporte colombiano se incluye en el documento por medio de impresión láser a blanco y negro. El Ministerio de Relaciones Exteriores ha adquirido máquinas fotográficas de última tecnología para hacer la toma de la fotografía del titular cuando este se presente personalmente a tramitar su documento.
  • En caso de pérdida o hurto del documento de viaje, el titular deberá aportar la denuncia presentada ante las autoridades competentes o diligenciar el formato de declaración juramentada de tal situación en las oficinas expedidoras.   
  • En caso de que el solicitante haya efectuado alguna rectificación de su documento de identidad y no haya recibido la cédula de ciudadanía en formato válido, debe presentar la contraseña y copia del registro civil con la respectiva modificación. 

Notas importantes: 

  • No existirán modificaciones ni rectificaciones en los documentos de viaje. En caso de presentarse alguna modificación o rectificación en la identidad de las personas, deberá tramitarse un nuevo documento de viaje. 
  • Cuando el titular del pasaporte cumple la mayoría de edad, una vez obtenga su cédula deberá tramitar un nuevo pasaporte.
  • El titular del pasaporte tendrá un plazo máximo de 6 meses para reclamar el documento de viaje una vez haya sido expedido, en caso de no reclamarse en este período de tiempo, el documento será anulado y el solicitante deberá pagar un nuevo documento de viaje.
  • En caso de presentarse alguna congruencia en la hoja de datos del documento de viaje, el titular contará con un plazo máximo de 6 meses para solicitar la reposición del respectivo documento. Vencido este plazo el solicitante deberá tramitar y pagar un nuevo documento de viaje.    
  • Hasta el 24 de noviembre del 2015 usted podrá continuar viajando con su pasaporte regular, (que NO cuenta con un dispositivo de lectura mecánica), siempre y cuando no se encuentre vencido.
  • Las visas incluidas en el pasaporte regular conservarán su periodo de vigencia original cuando el ciudadano colombiano haga la renovación del pasaporte.
  • Puede ingresar sin pasaporte a Ecuador, Chile, Perú, Argentina, Paraguay, Uruguay, Brasil y Bolivia (según el motivo del viaje), todos los países del mundo exigen como mínimo pasaporte para ingresar.
  •                                                                                                 Páginas Vigencia
      
Ordinario 32 10 años
Ejecutivo 48 10 años
Emergencia* 8 7 meses
Fronterizo** 28 10 años
Exento*** - 30 días

*El Ministerio de Relaciones Exteriores expedirá éste pasaporte a aquellas situaciones presentadas por los solicitantes en donde sea necesario salvaguardar derechos inalienables de la persona como son la vida, la salud y la integridad y que estén fundamentados en situaciones de extrema necesidad, fuerza mayor o caso fortuito.
**El Ministerio de Relaciones Exteriores a través de las Misiones Diplomáticas expedirá éste pasaporte a los colombianos que se encuentren en Brasil, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela.
***El Ministerio de Relaciones Exteriores a través de las Misiones Diplomáticas expedirá éste pasaporte a los colombianos que estén en situación de: deportados, expulsados, repatriados, polizones, aquellos que tengan orden de autoridad competente para que le sea anulados su pasaporte actual y otras situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o situaciones extraordinarias a juicio del Cónsul Colombiano.

Valor pasaportes

Ordinario    $207.000 + Impuesto Departamental

Ejecutivo     $315.000 + Impuesto Departamental

Emergencia $192000 + Impuesto Departamental.

 

Nota: Si presenta su certificado de votación tendrá un descuento del 10% en el costo del pasaporte (en años electorales).

Actualización y revisado Febrero 2024

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