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Importación y exportación de mascotas

Conoce los requisitos para la importación y exportación de mascotas (perros y gatos) según el ICA

Los pasajeros interesados en ingresar a Colombia con mascotas (perros y gatos) como equipaje acompañado o aquellos que son enviados en la modalidad de carga deben acercarse a la oficina ICA ubicada en los puertos, aeropuertos o pasos de frontera (PAPF) para la presentación y respectiva inspección documental y física del animal, y posterior expedición del Certificado de Inspección Sanitario (CIS).

Certificado Sanitario

Este debe ser expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen con su correspondiente sello y firma, y con una vigencia máxima de 10 días calendario previo al ingreso a Colombia; en el que se certifique que el animal fue sometido a un examen clínico por parte de un médico veterinario y que el animal está libre de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias, sin presencia de heridas frescas o en proceso de cicatrización, que cuenta con un plan de vacunación vigente, que haya recibido un tratamiento antiparasitario interno y externo con productos cuyo uso estén debidamente autorizados en el país exportador y es apto para ser transportado. El certificado sanitario expedido o avalado debe especificar los siguientes datos: identificación de la mascota, especie, raza, sexo, edad, color del pelaje y fecha de tratamiento antiparasitario.

Certificado de vacunación

Plan vacunal vigente, según la edad y la especie, en el que se especifique nombre del producto, número de lote, fecha de administración y validez de la vacunación.

Una vez verificado el cumplimiento en la documentación y la condición sanitaria del animal, el ICA emitirá el CIS, cuyo valor se encuentra establecido en la resolución de tarifas vigente del Instituto Colombiano Agropecuario para el año en curso. Tener en cuenta la ley 746 del 2002, en su artículo 108E “dado su alto nivel de peligrosidad, se prohíbe la importación de ejemplares caninos de las razas Staffordshire terrier, American Staffordshire terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, o de caninos producto de cruces o híbridos de estas razas, así como el establecimiento de centros de crianza de esta clase de ejemplares caninos en el territorio nacional”.

Nota: Los perros y gatos mascotas que no cumplan con los requisitos establecidos para la importación, deberán cumplir con un periodo de cuarentena domiciliaria que incluye dos visitas de seguimiento por un funcionario del ICA y deben cancelar el valor del seguimiento de cuarentena según Resolución de tarifas del ICA vigente.


Para el desplazamiento de su mascota a otro país, consulte previamente con el servicio veterinario oficial del país de destino los requisitos sanitarios establecidos.  En Colombia, el interesado debe acercarse a la oficina ICA del puerto, aeropuerto o paso de frontera (PAPF) en compañía de la mascota para la respectiva inspección documental y física del animal, con la siguiente documentación:

  • Certificado de salud del animal (original y copia) con una expedición no mayor a tres (3) días anteriores al embarque por un médico veterinario en ejercicio de su profesión, en el que se debe incluir nombre, raza, sexo, edad, color del pelaje y certifique que el animal no presentó ningún signo clínico de enfermedad infectocontagiosa ni parasitaria, no tener heridas frescas o en proceso de cicatrización, contar con un plan de vacunación vigente y haber recibido un tratamiento contra parásitos internos y externos con productos registrados ante el ICA. No se autoriza la salida de mascotas con tratamientos médicos  hasta que este haya sido terminado y certificado por el médico veterinario.
  • Certificado de vacunación (original y copia), plan de vacunación vigente según la edad y la especie, en el que se especifique nombre del producto, número de lote, fecha de administración y validez de la vacunación.

Una vez verificado el cumplimiento en la documentación y la condición sanitaria del animal, el ICA emitirá el Certificado de Inspección sanitaria CIS el cual tiene una validez de 72 horas contadas a partir del momento de su expedición, cuyo valor se encuentra establecido en la resolución de tarifas vigente del Instituto Colombiano Agropecuario para el año en curso.

A continuación, guía de requisitos adicionales para la exportación de mascotas establecidos por país de destino, dar clic aquí

 

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Límites y Coberturas

Muerte accidental
 Indemnización hasta por $1 000 000
Gastos de entierro y cremación
Reembolso hasta la suma de $130 000
Responsabilidad civil extracontractual
  • Muerte o lesiones a cualquier persona con límite hasta $8 800 000 evento/vigencia
  • Daños a propiedades de cualquier persona con límite hasta $4 400 000 evento/vigencia
  • Muerte o Lesiones a entre mascotas con límite hasta $880 000 evento/vigencia

 

 

Asistencia mascotas

Servicios de Asistencia Eventos Vigencia Limite por evento
Asistencia veterinaria Por accidente o enfermedad  3  $60.000
Asistencia de Ambulancia  2  $60.000
Gastos Médicos en caso de Accidente  2 $250.000
Cosmetología después del accidente Incluido baño, cepillado y limpieza, etc. 2  $40.000

Exclusiones

  • Razas de perros no asegurables: Staffordshire terrier, American Staffordshire terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, Tosa Japonés. De acuerdo a lo estipulado en la ley 746 de Julio 19 de 2002. Las razas de gatos no tienen exclusiones.
  • Dolo
  • Daños al grupo familiar, hasta el cuarto grado de consanguinidad
  • Terrorismo
  • Desastres naturales
  • No se cubren multas ni sanciones
  • Violaciones de ley
  • Que el propietario o acompañante de la mascota se encuentre bajo el efecto de drogas, licor, etc.
  • Daños o lesiones causados por la mascota si no se encuentra con el propietario y/o acompañante.
  • Daños o lesiones causados por la mascota si no se encuentra con Bozal si lo requiere. Daños o lesiones si la mascota tiene una enfermedad diagnosticada. (Rabia) Muerte de la mascota que no sea accidental.
  • Peleas o riñas entre mascotas con aceptación del propietario o acompañante.
  • Daños o lesiones cuando la mascota esté en competencias o exhibiciones.

Costo

Coberturas Limite Asegurado  Eventos por Año
 Evento  Vigencia
Muerte Accidental 1.000.000 1
Gastos Cremación 130.000 1
Responsabilidad Civil Extracontractual
Muerte o lesiones a una persona  8.800.000 1
Daños a propiedades de cualquier persona  4.400.000   1
Muerte o lesiones otras personas 880.000 1
Asistencia
Asistencia Veterinaria 60.000 180.000 3
Asistencia Ambulancia 60.000 120.000 2
Gastos Médicos en caso de Accidente 250.000 500.000 2
Cosmetología después del Accidente  40.000 80.000 2
PRIMA ANUAL INCLUIDO  IVA $150.000

Para mayor información consulta con Mónica Andrea González Becerra
Teléfono: 587 7120 Extensión 69251
Celular: 3176685343
Email: [email protected] Avia Corredores de Seguros S.A.

Fuente de información: www.ica.gov.co

 

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